Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/166/19/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México 6 de Septiembre de 2019
  • En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos ordenaron a las autoridades sindicales responder una solicitud de información.
  • La Ponencia del Comisionado Presidente Julio César Bonilla Gutiérrez fue la encargada de elaborar el proyecto de resolución.


El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO) ordenó al Sindicato de Trabajadores de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal (STTPDF) informar a una persona solicitante si tiene suscrito un contrato con la empresa Gurtmex, S.A. de C.V.



En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos del INFO aprobaron, por unanimidad de votos, un proyecto de resolución a cargo del Comisionado Presidente Julio César Bonilla Gutiérrez en el que además de pedirle a las autoridades sindicales responder una solicitud de información, se acordó dar vista a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México para que determine lo que en derecho corresponda, por el incumplimiento a la ley de transparencia local.



Una persona solicitante pidió saber si se había celebrado un contrato entre el gremio de los transportistas de pasajeros y la empresa para llevar a cabo adquisiciones, arrendamientos o prestaciones de servicios, así como su vigencia.



Las autoridades del STTPDF no dieron ninguna respuesta a la persona solicitante, quien ante la omisión presentó un recurso de revisión ante el INFO.



Interpuesto el recurso de revisión y admitido en el órgano garante, fue turnado a la Ponencia del Comisionado Presidente Julio César Bonilla Gutiérrez, la cual corroboró la falta de respuesta del Sujeto Obligado en los nueve días hábiles contados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud de información.



Ante la omisión de respuesta, el INFO ordenó a los responsables y titulares del STTPDF atender los requerimientos de la persona solicitante.



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