Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

El Recurso de Revisión debe cumplir con los siguientes requisitos:



  • Estar dirigido al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
  • Incluir tu nombre y, en su caso, el de tu representante legal o mandatario, acompañado del documento que acredite su personalidad, y el nombre del tercero interesado si lo hubiere;
  • El domicilio o medio electrónico para oír y recibir notificaciones y en su caso, a quien en tu nombre autorices para oírlas y recibirlas; en caso de no haberlo señalado, aún las de carácter personal se harán por estrados;
  • Precisar el acto o resolución impugnada y la autoridad responsable del mismo;
  • Señalar la fecha en que se te notificó el acto o resolución que impugnas, excepto en los casos en que el Sujeto Obligado no dé una respuesta;
  • Mencionar los hechos en que se funde la impugnación, los agravios que te cause el acto o resolución impugnada; y
  • Acompañar copia de la resolución o acto que se impugna y de la notificación correspondiente. Cuando se trate de solicitudes que no se resolvieron en tiempo, anexa copia de la iniciación del trámite.


Adicionalmente, se podrán anexar las pruebas, y demás elementos que consideres procedente hacer del conocimiento del INFODF.


En el caso de que no cumplas con alguno de los requisitos mencionados, el Instituto, en un plazo no mayor a 3 días, te prevendrá para que en un periodo de 5 días hábiles corrijas las irregularidades encontradas.

Chatbot ATIC