Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/191/2021/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México 02 de agosto de 2021
  • La Comisionada Ciudadana el INFO CDMX participó en la mesa de diálogo “Retos y desafíos del acceso a la información, desde la perspectiva de seguridad pública”
  • Destacó que el derecho de acceso a la información ayuda a tomar mejores decisiones y, por ello, cuando algunos datos se clasifican como reservados es necesario fundamentarlo correctamente.


Marina San Martín Rebolloso, Comisionada Ciudadana del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX), explicó que la información solo debe ser clasificada en casos excepcionales, al participar en el Foro: Retos y Desafíos del Acceso a la Información desde la Perspectiva de la Seguridad Pública, organizado por la Coordinación General de Transparencia del Gobierno del Estado de Jalisco.



“No somos dueños de la información, tenemos que ver lo que es mejor para la ciudadanía, pero cuando hay que proteger la información hay que protegerla porque, si no, nos veríamos afectados todos”, concluyó durante su participación en la mesa de diálogo “Retos y desafíos del acceso a la información, desde la perspectiva de seguridad pública”.



Enfatizó que el derecho de acceso a la información ayuda a tomar mejores decisiones y, por ello, cuando algunos datos se clasifican como reservados es necesario fundamentarlo correctamente.



Para determinarlo, añadió, existe la llamada prueba de daño que permite analizar si otorgar la información solicitada reportaría mayor perjuicio que beneficio.



“No es un pecado clasificar información, pero hay que sustentarlo”, indicó.



Agregó que la información confidencial se refiere a datos personales, de empresas (estados de cuenta o secretos comerciales, por ejemplo). Si hay un requisito legal que obligue a su difusión, la confidencialidad se rompe.



“Por ejemplo, la edad es un dato personal, pero si es necesario acreditar que tengo x número de años para obtener un cargo, es posible difundirla”, precisó.



A su vez, recordó que la información solo puede clasificarse, si afecta supuestos legales como la seguridad pública, la seguridad nacional, entre otros. La clasificación siempre será temporal.



“La versión pública es una forma de condensar la apertura con la clasificación, pero la versión pública debe ser viable, hay que narrar el dato sin decirlo”, puntualizó.



En el caso de versiones públicas en materia de seguridad pública, dijo, es necesario analizar caso por caso para tomar la mejor decisión.



Recordó que el INFO CDMX aplica una prueba para determinar el interés público (qué conviene más: saber o no saber), antes de confirmar o revocar la decisión de alguna instancia pública de clasificar la información.



Narró que el INFO CDMX decidió revocar la clasificación de información originalmente aprobada por la hoy Fiscalía de Justicia capitalina, luego de identificar que la dependencia había revelado información sobre una tentativa de homicidio en una cuenta oficial de redes sociales.



“Si hay una duda de apertura, es mejor abrirla por interés público, porque todos pagamos con nuestros impuestos la posibilidad de ejercer el derecho a saber, siempre y cuando se cuiden los datos personales”, consideró.



En el evento también participaron la Coordinadora General de Transparencia del Gobierno del Estado de Jalisco, Aranzazú Méndez González; el Coordinador General Estratégico de Seguridad, Mtro. Ricardo Sánchez Beruben; el Fiscal General del Estado de Jalisco, Gerardo Octavio Solís Gómez; la Comisionada Presidenta del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), Mtra. Cynthia Patricia Cantero Pacheco; y el Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Francisco Javier Acuña Llamas.



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